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P-02 · Junta de propietarios

Ciclo completo de gestión de la junta de propietarios: desde la preparación de la convocatoria hasta el envío del acta y el seguimiento de acuerdos. Aplica a junta ordinaria y extraordinaria. Los plazos son distintos en LPH y CCCat.

[PASO 1] Fijar fecha de junta con el presidente.

  • Junta ordinaria: una vez al año, antes del cierre del ejercicio o según estatutos.
  • Junta extraordinaria: cuando lo requiera el presidente o lo soliciten propietarios con >25% de cuotas.

[PASO 2] Preparar la documentación de convocatoria:

  • Orden del día completo y sin ambigüedades.
    • ⚠ Un punto vago (“ruegos y preguntas”) NO habilita votar gastos concretos.
  • Estado de cuentas / liquidación del ejercicio.
  • Propuesta de presupuesto para el ejercicio siguiente.
  • Documentación complementaria si hay obras, derramas u otros puntos relevantes.

[PASO 3] Enviar la convocatoria a todos los propietarios.

  • [PLAZO - LPH] Mínimo 6 días de antelación (LPH art.16.2)
  • [PLAZO - CAT] Mínimo 8 días de antelación (CCCat 553-21)
  • Canales válidos: correo postal con acuse, burofax, email con acuse de lectura, tablón si consta en estatutos.
  • ⚠ Si hay propietarios morosos, verificar que la convocatoria les llega igualmente — pueden asistir, solo tienen restringido el voto.

[REGISTRO] Abrir expediente de junta o actuación administrativa en el sistema:

  • Descripción: “Citación y Estado Cuentas [año] — [Junta fecha]”
  • Adjuntar: convocatoria enviada, estado de cuentas.

[PASO 4] Preparar la hoja de asistencia con nombre, DNI, coeficiente de participación y representaciones (si las hay).

[PASO 5] Verificar quórum en primera convocatoria.

[DECISIÓN] ¿Se alcanza el quórum para la primera?

  • → SÍ: abrir la junta en primera convocatoria.
  • → NO: esperar el intervalo fijado en la convocatoria y abrir en segunda convocatoria (segunda convocatoria es válida con cualquier nº de asistentes).
  • [PLAZO - CAT] El intervalo entre 1ª y 2ª convocatoria debe ser mínimo de 30 minutos (CCCat 553-21).

[PASO 6] Para cada punto del orden del día:

  • a) Exponer la propuesta.
  • b) Abrir turno de preguntas.
  • c) Votar y registrar resultado:
    • Nº de votos a favor (con coeficientes si aplica)
    • Nº de votos en contra
    • Abstenciones
    • Ausentes (relevante para cómputo de mayorías)

[PASO 7] Verificar la mayoría requerida para cada acuerdo.

Criterio normativo: texto consolidado vigente en el BOELey 49/1960, de propiedad horizontal (LPH) y Libro V del Código civil de Cataluña (derechos reales / comunidades). No mezclar filas LPH y CCCat: son regímenes distintos.

Actualizado: 18 de abril de 2026.

ACUERDOLPHCCCat
Modificación de cuotasUnanimidadUnanimidad
Modificación del título constitutivo / estatutosUnanimidad salvo excepción legal4/5
Ascensor / eliminación de barreras / accesibilidadMayoría de propietarios y cuotasMayoría simple
Telecomunicaciones comunes1/3Mayoría simple
Instalaciones de energías renovables / nuevos suministros energéticos colectivos1/3Mayoría simple
Portería / conserjería / vigilancia / servicios comunes de interés general3/5Mayoría simple
Arrendamiento de elemento común sin uso específico3/5Mayoría simple (si excede de 15 años: 4/5)
Mejoras de eficiencia energética o hídrica no incluidas en telecomunicaciones/renovables3/5Mayoría simple
Punto de recarga de vehículo eléctrico individualNo requiere acuerdo; comunicación previaNo requiere acuerdo; comunicación/proyecto previo
Instalación general de recarga VESegún supuesto concretoMayoría simple
Vivienda de uso turístico3/5 y aprobación expresa previa para nuevas VUTEn general 4/5 si exige modificar título/estatutos
Resto de acuerdos ordinariosMayoría simpleMayoría simple

Referencias por artículos (lectura en texto consolidado)

Sección titulada «Referencias por artículos (lectura en texto consolidado)»
  • LPH: arts. 15.2, 17.1 a 17.3, 17.5 a 17.7, 17.12; art. 7.3 (autorización / aprobación expresa previa en materia de vivienda turística, según redacción vigente). Texto consolidado LPH en el BOE.
  • CCCat (Libro V): arts. 553-24, 553-25, 553-26, 553-36.3, y régimen de recarga en los términos legales aplicables al supuesto. Texto consolidado Libro V en el BOE.

Unanimidad
Todos los propietarios con derecho de voto y sus cuotas.

3/5
Tres quintas partes del total de propietarios y cuotas.

1/3
Un tercio del total de propietarios y cuotas.

Mayoría simple en LPH
En primera convocatoria, mayoría del total de propietarios y cuotas.
En segunda convocatoria, mayoría de asistentes y representados que, a su vez, representen más de la mitad de las cuotas presentes.

Mayoría simple en CCCat
Mayoría de propietarios que participan en la votación y mayoría de sus cuotas participantes.

  1. No mezclar ascensor con arrendamiento de elemento común. En LPH no tienen la misma mayoría: ascensor / accesibilidad → mayoría; arrendamiento de elemento común sin uso específico → 3/5.

  2. Renovables y eficiencia energética no siempre siguen la misma regla en LPH. Hay que distinguir si el acuerdo encaja en telecomunicaciones / renovables / nuevos suministros energéticos colectivos (1/3 en el supuesto del art. 17.1), en mejora energética (mayoría en el art. 17.2, con sus límites), o en innovación que va por 3/5 (art. 17.3) cuando no encaja en 17.1.

  3. El punto de recarga individual no exige acuerdo como regla general en LPH y CCCat; basta la comunicación (y en CCCat el proyecto u documentación previa en los términos legales).

  4. Vivienda turística: revisar siempre título y estatutos; además del régimen legal, comprobar acuerdo previo expreso o necesidad de modificación estatutaria.

  5. Antes de cerrar el criterio, confirmar si el acuerdo: modifica estatutos o título; altera cuotas; afecta a estructura o configuración exterior; impone reparto especial de gastos; o requiere consentimiento individual de propietarios afectados.

LPH
El propietario privado del derecho de voto por morosidad no vota, pero su situación no elimina su existencia a efectos del cómputo de determinadas mayorías del total.

CCCat
El moroso no tiene derecho de voto mientras no regularice, salvo los supuestos legales de consignación o impugnación.

LPH: cuotas → unanimidad · estatutos/título → unanimidad · ascensor/accesibilidad → mayoría · telecomunicaciones/renovables (17.1) → 1/3 · portería / arrendamiento elemento común / ciertas mejoras energéticas (p. ej. 17.3) → 3/5 · VE individual → sin acuerdo · resto → mayoría simple.

CCCat: cuotas → unanimidad · título/estatutos → 4/5 · ascensor / accesibilidad / telecomunicaciones / renovables / VE general → mayoría simple · VE individual → sin acuerdo · arrendamiento de más de 15 años → 4/5 · resto → mayoría simple.

[PASO 8] Cerrar la junta. Firmar la hoja de asistencia.

[PASO 9] Redactar el acta de la junta. Contenido mínimo obligatorio:

  • Lugar, fecha y hora.
  • Relación de asistentes (nombre, piso, coeficiente).
  • Representaciones acreditadas.
  • Orden del día desarrollado.
  • Acuerdos adoptados con resultado de votación detallado.
  • Firma del presidente y del secretario-administrador.

[PASO 10] Enviar el acta a TODOS los propietarios, incluidos ausentes.

  • [PLAZO - LPH] 10 días desde la junta (LPH art.19)
  • [PLAZO - CAT] 8 días desde la junta (CCCat 553-39)
  • ⚠ El incumplimiento de este plazo no nulifica el acta pero sí puede dificultar el cómputo del plazo de 30 días para que los ausentes se opongan.

[PASO 11] Registrar el acta en el Libro de Actas (físico o digital).

  • En CCCat se admite el libro de actas en formato electrónico.
FaseContenidoNodo
FASE 1 · Preparación y convocatoriaFijar fecha, preparar documentación, enviar citación07.01.01
FASE 2 · Día de la juntaQuórum, desarrollo, votaciones07.01.02
FASE 3 · Gestión post-juntaRedactar acta, enviarla y registrarla07.01.04
AcciónLPHCCCat
Preaviso convocatoria6 días8 días
Intervalo 1ª → 2ª convocatoriaSin mínimo≥ 30 minutos
Envío acta10 días8 días
Oposición ausentes30 días30 días


Última actualización (UTC): 2026-07-20 17:48:26 UTC